Pasos del registro 

La inscripción de los alumnos tendrá lugar en su escuela de origen.

Los alumnos con un Plan Educativo Individualizado (IEP) se matricularán en:
Edificio de la Administración Central
929 York Street (lado de Warren Street)
(315) 368-6018

Los Estudiantes del Idioma Inglés y las Familias Bilingües/Multilingües se inscriben en:
Centro de Bienvenida Familiar de la Escuela Primaria Conkling
Calle Mohawk 1115
(315) 368-6819

  • Para obtener información de contacto, consulte el siguiente enlace:
  • Puede descargar, imprimir y cumplimentar el paquete de inscripción antes de inscribirse siguiendo el enlace que figura a continuación: 
  • Documentos Requeridos: para inscribir a su hijo en el Distrito Escolar de la Ciudad de Utica usted necesitará proveer los documentos listados abajo. 

Documentos necesarios 

  1. Justificante de domicilio / distrito de residencia
     
  2. Prueba de edad
     
  3. Registros sanitarios
     
  4. Registros escolares 

1. Justificante de domicilio / distrito de residencia 

Para establecer que el estudiante que está inscribiendo vive en el Distrito Escolar de la Ciudad de Utica, se requerirá la siguiente prueba de residencia: 

Los propietarios pueden aportar: 

Una hipoteca o una declaración de cierre o una escritura o una factura de impuestos para demostrar la propiedad o una declaración jurada del propietario o cualquier dos de los siguientes: 

  • Talón de pago 
  • Formulario del impuesto sobre la renta 
  • Facturas de servicios públicos u otras facturas 
  • Documentos de afiliación (por ejemplo, carnés de biblioteca) basados en la residencia 
  • Factura de impuestos de la ciudad de Utica 
  • Factura telefónica 
  • Factura del agua 
  • Factura de la petrolera 
  • Factura del seguro 
  • Permiso de conducir oficial, permiso de aprendizaje o identificación de no conductor 
  • Extracto bancario 
  • Documentos del censo electoral 
  • Declaración DSS 
  • Documentos expedidos por organismos federales, estatales o locales (por ejemplo, un organismo local de servicios sociales, la Oficina Federal de Reasentamiento de Refugiados (ORR))
  • Documento de identidad expedido por el Estado u otro gobierno 
  • Otros documentos originales que acrediten la residencia
  • Documento de identidad expedido por el Estado u otro gobierno 
  • Otros documentos originales que acrediten la residencia 

Los inquilinos pueden proporcionar: 

Una declaración jurada del arrendatario, un contrato de arrendamiento o cualquiera de los dos de los siguientes: 

  • Talón de pago 
  • Formulario del impuesto sobre la renta 
  • Facturas de servicios públicos u otras facturas 
  • Documentos de afiliación (por ejemplo, carnés de biblioteca) basados en la residencia 
  • Factura de impuestos de la ciudad de Utica 
  • Factura telefónica 
  • Ley LIPA 
  • Factura del agua 
  • Factura de la petrolera 
  • Factura del seguro 
  • Permiso de conducir oficial, permiso de aprendizaje o identificación de no conductor 
  • Extracto bancario 
  • Documentos del censo electoral 
  • Declaración DSS: 
  • Documentos expedidos por organismos federales, estatales o locales (por ejemplo, un organismo local de servicios sociales, la Oficina Federal de Reasentamiento de Refugiados (ORR))
  • Documento de identidad expedido por el Estado u otro gobierno 
  • Otros documentos originales que acrediten la residencia 

Además de lo anterior, una persona que no sea el progenitor natural, pero que tenga relación parental, deberá presentar uno de los siguientes documentos: 

  • Documentos de tutela legal emitidos por el tribunal 
  • Orden judicial por la que se concede la custodia 
  • Nombramiento judicial como padre de acogida 
  • Declaración jurada de los padres proporcionada por la persona con relación parental que asume la responsabilidad legal del estudiante 

Los alumnos que soliciten la emancipación deberán presentar su propia declaración jurada y una declaración jurada de sus padres, cuando se considere oportuno, a menos que hayan sido considerados jóvenes no acompañados de acuerdo con lo estipulado en la Ley McKinney-Vento. 

Una copia de todas las pruebas de residencia proporcionadas a los estudiantes residentes formará parte del expediente permanente del estudiante y se conservará una copia en el expediente del estudiante. 

2. Prueba de edad 

Cuando esté disponible, un certificado de nacimiento certificado o registro de bautismo (incluyendo una transcripción certificada de un certificado de nacimiento extranjero) dando la fecha de nacimiento se utilizará para determinar la edad de un niño. Si se dispone de alguno de estos documentos, el Distrito no exigirá ningún otro documento para determinar la edad del niño. Si no se dispone de estos documentos, se podrá utilizar un pasaporte (incluido un pasaporte extranjero) para determinar la edad del menor. Si no se dispone de pasaporte, el Distrito tendrá en cuenta otras pruebas documentales o registradas que existan desde hace al menos dos años para determinar la edad del menor. Otras pruebas pueden incluir, entre otras, las siguientes: 

  • Permiso de conducir oficial 
  • Documento de identidad expedido por el Estado u otro gobierno 
  • Identificación escolar con fotografía y fecha de nacimiento 
  • Tarjeta de identificación consular 
  • Registros hospitalarios o sanitarios 
  • Tarjeta de identidad de militar dependiente 
  • Documentos expedidos por organismos federales, estatales o locales (por ejemplo, un organismo local de servicios sociales o la Oficina Federal de Reasentamiento de Refugiados).
  • Órdenes judiciales u otros documentos emitidos por los tribunales 
  • Documento tribal nativo americano; o 
  • Registros de agencias de ayuda internacional sin ánimo de lucro y agencias de voluntariado. 

Si los documentos anteriores proceden de un país extranjero, el Distrito puede solicitar la verificación del gobierno o agencia extranjera correspondiente, pero no será su responsabilidad. No retrasará la inscripción. El Distrito no le exigirá que traduzca ningún documento ni que verifique la edad, aparte de proporcionar los documentos mencionados.

Tenga en cuenta lo siguiente: Si no puede acreditar su edad, no se retrasará su inscripción. Sin embargo, la documentación debe establecerse dentro de los tres (3) días siguientes al inicio del proceso de inscripción. 

3. Historial médico / Prueba de vacunas 

La Sección 2164 de la Ley del Estado de Nueva York exige ciertas vacunas para asistir a la escuela. Por favor, consulte con su proveedor de atención médica tan pronto como sea posible para asegurarse de que su hijo tiene todas las vacunas necesarias. Por favor, traiga prueba de las vacunas con usted en el momento de la inscripción. 

La prueba de las vacunas debe ser cualquiera de los tres elementos que se enumeran a continuación: 

  • Un certificado de vacunación firmado por el médico. 
  • En el caso de la varicela, también se acepta una nota del médico (MD, NP, PA) en la que se indique que el niño ha padecido la enfermedad. 
  • Un análisis de sangre o informe de laboratorio que demuestre que su hijo es inmune a las enfermedades. 

Tenga en cuenta lo siguiente: Si usted no tiene un registro de inmunización, debe proporcionarlo dentro de los catorce (14) días siguientes a la inscripción, a menos que el estudiante se transfiera de otro estado o de otro país y pueda demostrar un esfuerzo de buena fe para obtener la certificación necesaria u otra evidencia de inmunizaciones. En tales casos, el plazo para presentar la cartilla de vacunación podrá prorrogarse hasta un máximo de treinta (30) días a partir de la fecha de inscripción. La no presentación de la cartilla de vacunación no retrasará la inscripción inicial y/o la matrícula inicial. 

4. Expedientes escolares / Planes educativos individualizados / Planes 504 

Si su hijo ha ido a la escuela: 

  • Expedientes académicos oficiales u otros registros escolares de centros anteriores. 
  • El boletín de notas más reciente. 
  • Plan Educativo Individualizado (IEP) o plan 504 más reciente si su hijo ha estado recibiendo servicios de educación especial o servicios 504. 

Los alumnos de primaria necesitan una tarjeta de traslado o un boletín de notas. Los alumnos de Educación Especial necesitan una copia del Plan Educativo Individualizado (IEP). Los estudiantes de secundaria necesitan un certificado de notas y cursos realizados. El Distrito ayudará a verificar los registros escolares del estudiante, incluso si los registros están escritos en un idioma extranjero o provienen de un país extranjero. 

Tenga en cuenta lo siguiente: La no presentación de los expedientes escolares no retrasará la inscripción y/o matriculación.